Durante años, muchas sociedades han funcionado así: el asesor presenta los impuestos, la empresa le pasa las facturas a final de trimestre y todo el mundo está tranquilo. Ese modelo está dejando de ser suficiente. La facturación electrónica, el registro de facturas y la presentación telemática lo cambian todo, y quien no tiene a alguien que le acompañe en la transición empieza a quedarse atrás.
Lo que ya está en marcha
No hablamos de una moda tecnológica, sino de obligaciones legales. La Orden HAC/1028/2026 regula la solución pública de facturación electrónica y fija un calendario escalonado. Las empresas y profesionales con un volumen de operaciones superior a 8 millones de euros deberán emitir, enviar y recibir facturas electrónicas a partir del 6 de octubre de 2027, y el resto de empresarios y profesionales, a partir del 6 de octubre de 2028.
A ello se suma el Reglamento de sistemas informáticos de facturación (Real Decreto 1007/2023), conocido como Veri*factu, cuyos plazos vigentes son el 1 de enero de 2027 para las sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto. Hacienda ha anunciado que prevé aplazar las obligaciones pendientes hasta octubre de 2028, pero se trata de un anuncio y la exigencia de fondo, que los registros sean íntegros y trazables, se mantiene.
Por qué esto va más allá del cumplimiento
Es fácil verlo como un trámite más. En realidad es una oportunidad de eficiencia. Una sociedad que factura, cobra y contabiliza de forma digital y ordenada gana tiempo, comete menos errores y ve antes cómo va su negocio. En lugar de saber a mediados de febrero cómo cerró el año, puede saberlo mes a mes.
También hay un efecto en la relación con clientes, bancos e inversores. Las cifras claras y al día generan confianza, facilitan una financiación y reducen sorpresas en una inspección o en una venta de la empresa.
Señales de que tu sociedad necesita acompañamiento
Si te reconoces en alguna de estas situaciones, probablemente te falta un apoyo más cercano: facturas con Excel o plantillas hechas a mano; documentación que llega a tu asesor tarde y por correo; no saber si tu programa de facturación cumplirá la normativa; datos de clientes y series de facturas sin ordenar; o cierres de ejercicio que se hacen siempre con prisas.
Ninguna de ellas es grave por sí sola. Juntas, sin embargo, hacen que cada obligación nueva sea un problema en lugar de un trámite.
Cómo puede ayudarte EBF Consulting
Acompañar en la transición digital no significa vender un software. Significa mirar cómo funciona tu sociedad, detectar qué tienes que cambiar y en qué orden, y ayudarte a hacerlo sin que tu día a día se resienta. En la práctica, revisamos tu circuito de facturación, te orientamos para elegir o adaptar herramientas, ordenamos la documentación y te explicamos con claridad qué plazos te afectan y cuáles no.
Y lo hacemos con tu asesor actual si lo tienes, o en su lugar si no te acompaña como necesitas. Lo importante es que no afrontes estos cambios solo.
Conclusión
Los plazos están más cerca de lo que parece, y los cambios de última hora siempre salen más caros. Prepararte hoy te permite hacerlo con calma y aprovechar la digitalización para trabajar mejor, no solo para cumplir. Si quieres saber en qué punto está tu sociedad, en EBF Consulting estaremos encantados de hacer contigo una primera revisión.
Referencia oficial: Orden HAC/1028/2026, de 2 de octubre, por la que se regula la solución pública de facturación electrónica (BOE núm. 247, de 5 de octubre de 2026, BOE-A-2026-20587). Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre (BOE núm. 291, de 6 de diciembre de 2023, BOE-A-2023-24840). Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre (BOE de 3 de diciembre de 2025).