Uno de los grandes miedos de quien ha levantado un negocio familiar es qué pasará el día que toque pasar el testigo a la siguiente generación. Demasiadas veces, la factura fiscal de esa transmisión pone en riesgo la continuidad de la empresa. La Comunidad de Madrid ha aprobado una nueva ley que va precisamente en la dirección de aliviar ese peso.
LA NUEVA LEY DE APOYO A LA EMPRESA FAMILIAR
Se trata de la Ley 3/2026, de 30 de junio, de Apoyo a la Empresa Familiar de la Comunidad de Madrid. Su punto de partida es un reconocimiento: la empresa familiar es un motor de creación de riqueza y empleo, y merece un marco jurídico que facilite su continuidad en lugar de penalizarla en el momento más delicado, el del relevo generacional.
Para ello, la ley introduce mejoras en los beneficios fiscales aplicables a la transmisión de la empresa familiar. En concreto, regula una nueva reducción propia en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones por la adquisición de bienes y derechos afectos a una actividad económica y de participaciones en entidades. Es decir, cuando se transmite —por herencia o donación— el patrimonio empresarial o las participaciones de la sociedad familiar, la base sobre la que se calcula el impuesto puede reducirse de forma significativa.
QUÉ SIGNIFICA ESTO PARA TU EMPRESA
La idea de fondo es permitir el relevo generacional «sin costes fiscales» que lo hagan inviable. Para una familia empresaria, esto se traduce en algo muy concreto: la posibilidad de planificar la sucesión —o adelantarla en vida mediante donación— con una carga tributaria mucho más razonable, evitando que los herederos tengan que descapitalizar o incluso vender parte del negocio solo para pagar el impuesto.
Ahora bien, estos beneficios no son automáticos ni incondicionales. La reducción por empresa familiar exige cumplir requisitos: que la actividad sea económica real (no de mera tenencia de bienes), el mantenimiento de la titularidad durante un plazo, el ejercicio de funciones de dirección, la vinculación de las participaciones, etc. Un error en el cumplimiento de estos requisitos puede hacer que se pierda toda la ventaja. Por eso la planificación previa es decisiva.
Conviene subrayar también que esta ley es autonómica: se aplica en la Comunidad de Madrid. Si tu empresa o tu residencia fiscal están en otra comunidad, el marco puede ser distinto, aunque la tendencia general de reforzar la fiscalidad de la empresa familiar es una corriente que va más allá de un único territorio.
CIERRE
Preparar el relevo generacional no es algo que se improvise: cuanto antes se planifica, más opciones hay de hacerlo bien y de aprovechar los beneficios fiscales disponibles. En EBF acompañamos a las familias empresarias en el diseño de su sucesión, dentro y fuera de Madrid, para que el negocio pase a la siguiente generación y no a Hacienda. Si tienes una empresa familiar, hablemos de tu plan.